sábado, 23 de febrero de 2008

(In)justicia digital

por Josep-Lluís Micó
La administración de justicia condiciona las conductas sociales y contribuye a conformar la cultura de una región. El marco del que emanan determinadas relaciones y ciertos valores depende en gran medida de las resoluciones dictadas por los jueces y los magistrados. La justicia se convierte entonces en un acto político. Configura el ámbito público y, por lo tanto, también afecta a los medios de comunicación.1 El orden jurídico no es más que la síntesis de un choque de intereses cuyos orígenes son ideológicos y morales. De ahí que su destino debería ser siempre el cambio constante. Nunca la fosilización, y aún menos en la moderna sociedad digital.
La distinción entre justicia e injusticia es plenamente subjetiva, dado que la definición precisa de lo que es justo y lo que es injusto está en función de nuestra posición ideológica. Por el contrario, la diferencia entre legal e ilegal es objetiva. Está recogida con profusión de ejemplos en la legislación de cada país. A veces, las decisiones legales resultan injustas, y algunos actos acordes con nuestro sentido de la justicia se nos pueden presentar como ilegales. Las situaciones inéditas, como Internet y el periodismo en la red, ponen a prueba la conciencia y la ideología de los jueces.
Entonces resuelven desde su terreno los debates que se libra en parcelas remotas de la sociedad. Para ahorrarse algunas de estas intervenciones, los profesionales de la información tendrían que esforzarse en delimitar adecuadamente su campo de acción en el periodismo electrónico. Así, las confusiones entre los límites de los diarios en línea, los cuadernos personales interactivos (weblogs) y los confidenciales, nuestro objeto de estudio, empezarían a aclararse.
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(Arthur Clark, 1917-2008)